COMPENDIO DE DERECHO DE LA EDUCACION. LEGISLACION JURISPRUDENCIA Y BIBLIOGRAFIA

VALADES, DIEGO / MARQUEZ, DANIEL / SANCHEZ CASTAÑEDA, ALFREDO
COMPENDIO DE DERECHO DE LA EDUCACION. LEGISLACION JURISPRUDENCIA Y BIBLIOGRAFIA
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COMPENDIO DE DERECHO DE LA EDUCACION. LEGISLACION JURISPRUDENCIA Y BIBLIOGRAFIA

VALADES, DIEGO / MARQUEZ, DANIEL / SANCHEZ CASTAÑEDA, ALFREDO

La educación constituye una de las funciones públicas esenciales del Estado contemporáneo. Subrayamos que la educación no es un servicio público, sino una función pública y, por ende, una obligación ineludible del Estado. Esta es la orientación del constitucionalismo mexicano desde sus orígenes. En la apertura del Congreso de Chilpancingo del 14 de septiembre de 1813, José María Morelos presentó el documento denominado Sentimientos de la Nación. En los 23 puntos dados por Morelos para ser considerados en la elaboración de la primera Constitución mexicana, el número 12 decía: ´´Que como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia e indigencia, y de tal suerte se aumente el Jornal del pobre, que mejore sus costumbres, aleje la ignorancia, la rapiña y el hurto´´. Se ponía de relieve el carácter social de nuestro movimiento de independencia, que incluía su preocupación por la educación como un instrumento indispensable para la libertad, para la justicia y para el progreso. Este objetivo quedó plasmado en el artículo 39 de la Constitución de Apatzingán en una elocuente disposición: ´´La Constitución de Apatzingán en una elocuente disposición´´.

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