El juez como el director del proceso

MASSE MORENO, LUIS RAYMUNDO
El juez como el director del proceso
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Dentro de todo proceso, en cualquiera de las materias en las que se piense, se le otorga al juez una calidad única, incluso por encima del poder de intervención de las partes, la cual incide directamente en la forma en que se conduce; por esta razón, es de considerarse, tanto para los litigantes como para los servidores públicos que laboran en los diversos juzgados y tribunales del país, conocer al menos de manera somera las facultades y atribuciones que como juzgadores deben tener en la secuela procesal, pues se ha notado que, como en múltiples ocasiones, so pretexto de que son directores del proceso, solicitan formalidades, documentación o la realización de trámites a las partes que no son de real importancia dentro del proceso. Esta situación, que por un lado demerita la labor jurisdiccional, fomenta el retraso en la resolución de los asuntos e incide en la secuela procesal en perjuicio de las partes. Lo anterior resulta a causa del abuso de este vocablo "director del proceso" para solicitar o intervenir de manera subjetiva en el proceso.

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