LEY DE EJECUCION DE SANCIONES PENALES Y REINSERCION SOCIAL PARA EL DISTRITO FEDERAL/ COMENTADA

LEY DE EJECUCION DE SANCIONES PENALES Y REINSERCION SOCIAL PARA EL DISTRITO FEDERAL/ COMENTADA
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LEY DE EJECUCION DE SANCIONES PENALES Y REINSERCION SOCIAL PARA EL DISTRITO FEDERAL/ COMENTADA

Los derroteros que genera la judicialización de la ejecución de la sanción penal conllevan al estudio de temas tales como: control judicial de la ejecución de los términos establecidos en una sentencia condenatoria firme, la procedencia de sustitutivos penales, así como de beneficios penitenciarios, la observancia de los derechos humanos en el régimen disciplinario penitenciario, el sistema penitenciario progresivo, el tratamiento penitenciario, la reinserción social, etc. Al respecto, los autores, decidimos analizar los temas señalados en el párrafo anterior, teniendo como marco, por un lado, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por México, y por otro lado, la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social para el Distrito Federal del 2011. En esa inteligencia, ingresamos al ámbito de la judicialización de la ejecución penal con la premisa que el sistema de audiencias establecido por la normatividad (anteriormente citada), requiere de una "calidad de información", que descanse, no exclusivamente en la información que proporcione el Consejo Técnico Interdisciplinario, sino todos los actores del drama de la ejecución penal, con la finalidad que el Juez de Ejecución decida si en un determinado sentenciado ha operado o no los fines de la reinserción social.

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