PERSONA JURIDICA. RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS EMPRESAS Y CRIMINAL COMPLIANCE / PD.

ONTIVEROS ALONSO, MIGUEL / POLAINO ORTS, MIGUEL
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PERSONA JURIDICA. RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS EMPRESAS Y CRIMINAL COMPLIANCE / PD.

ONTIVEROS ALONSO, MIGUEL / POLAINO ORTS, MIGUEL

El sistema de justicia penal mexicano contempla, desde 2014, un modelo mixto de responsabilidad penal de las personas jurídicas. Por un lado, el Código Nacional de Procedimientos Penales -reformado en 2016-, se decanta por un esquema de responsabilidad penal autónoma de las empresas, por el otro, algunos códigos penales, como el de la Ciudad de mexica, parecen adherirse al modelo vicarial, también conocido como de transferencia. Al momento de escribir estas líneas, siete estados de la Republica han reformado el apartado de autoría y participación de sus códigos penales para implementar el cambio de sujeto, incorporando en este a las personas jurídicas colectivas: Ciudad de México, Yucatán, Quintana Roo, Jalisco, Estado de México, Veracruz y Tabasco. A estos se suma el Código Penal Federal. Hay muchas reflexiones que se pueden formular en torno a la diversidad de regulaciones en la materia que nos ocupa. Así, por ejemplo, es cuestionable que en algunas de nuestras legislaciones se incorpore un catálogo muy amplio de delitos susceptibles de ser cometidos por empresas -el Código Penal Federal es un ejemplo-, mientras que otras omiten cualquier referencia al mismo rubro, como es el caso de la Ciudad de México y la iniciativa de reforma al Código Penal de Guanajuato, que incorpora la responsabilidad penal de las personas jurídicas en esa entidad.

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