INTERPRETACION DE LA LEY PROCESAL Y LA DOCTRINA DE LA RECONVENCION, LA

PALLARES, EDUARDO
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PALLARES, EDUARDO
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Entre los romanos, la interpretación judicial fue el medio más expedito para realizar el progreso de las instituciones jurídicas y ponerlas acorde con los principios del derecho natural y de equidad. A lado de ellas surgió la de los jurisconsultos, a quienes los emperadores otorgaron el poder de interpretación. Tanto el magistrado como el jurisperito, interpretaban las leyes y muchas veces elaboraban la norma aplicable al caso en litigio; esto favoreció el desarrollo de la ciencia jurídica. Por el contrario, la reconvención –acción entablada por el demandado en contra del actor, al contestar la demanda y ante el juez que conoce de ésta–, se abrió paso con dificultad en el derecho romano. No hay vestigios de ella en el primer periodo de las ''acciones de la ley". Aquí veremos que la organización política y constitucional de una nación, influye sobre los principios de interpretación y aplicación de la ley, que deberán fundarse en la equidad y la buena fe.

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