Pensión alimenticia para el cónyuge

MASSE MORENO, LUIS RAYMUNDO
Pensión alimenticia para el cónyuge
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Pensión Alimenticia para el Cónyuge. Durante los procesos en materia familiar existe confusión en diversos conceptos inherentes a los procesos de alimentos, por citar alguno: la necesidad de recibir alimentos con la obligación del deudor alimentario para proporcionarlos; lo que incide por una parte, en el porcentaje fijado por la autoridad judicial por concepto de alimentos ya sea de forma provisional o definitiva; por otra, la dependencia económica, y además, en la obligación de la autoridad judicial para acatar la ley en supuestos especiales. Esto ha llevado a que innecesariamente los jueces de lo familiar tengan que acordar de manera negativa diversas solicitudes relacionadas con la pensión alimenticia y compensaciones en los asuntos jurisdiccionales, lo que ha hecho del proceso familiar de alimentos una tarea engorrosa y mínimamente expedita. Por lo anterior, es necesario analizar dichos conceptos a la luz del Código Civil y del Código de Procedimientos Civiles de la CDMX, así como de la jurisprudencia nacional e internacional; pero sobretodo, respecto de los derechos que tienen las mujeres y que se encuentren en algún procedimiento en materia de alimentos.

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