PROCEDIMIENTO FORMATIVO DE LAS LEYES Y EL PROCESO CONGRESIONAL DEL EJERCICIO DEL PODER LEGISLATIVO, EL

ORTIZ ARANA, FERNANDO / TREJO CERDA, ONOSANDRO
PROCEDIMIENTO FORMATIVO DE LAS LEYES Y EL PROCESO CONGRESIONAL DEL EJERCICIO DEL PODER LEGISLATIVO, EL
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PROCEDIMIENTO FORMATIVO DE LAS LEYES Y EL PROCESO CONGRESIONAL DEL EJERCICIO DEL PODER LEGISLATIVO, EL

ORTIZ ARANA, FERNANDO / TREJO CERDA, ONOSANDRO

La expedición de las Leyes constituye una función especializada del Estado, a través del ejercicio del Poder Legislativo, el que se deposita en una superestructura constitucional, que se denomina Congreso de la Unión o Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, compuesto por la vinculación funcional de dos órganos colegiados -la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores- actuando de manera sucesiva y por separado, una como Cámara de Origen y su colegisladora como Cámara Revisora. Empero, la formación de las Leyes implica etapas y actos jurídico-constitucionales que no son realizados por las Cámaras, sino que se dan con la participación de otros órganos del Estada Así, para que existan las Leyes, nuestra Constitución prevé un verdadero "entramado orgánico': ya que en el Procedimiento Formativo de las Leyes, además de las Cámaras -que llegan a forman el Congreso-, interviene el titular del Poder Ejecutivo y pueden participar las Legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. En esa virtud, el uso del concepto Procedimiento Formativo de las Leyes, lo encontramos justificado por la necesidad de explicar algunas etapas, que siendo indispensables para el surgimiento de la Ley, quedan fuera del ámbito competencial de las Cámaras, cuando ejercen el Poder Legislativo. Por esta razón, se distingue el concepto de "Procedimiento Formativo de las Leyes; del denominado Proceso Legislativo: abarcando éste, sólo las etapas de Tramitación de los Proyectos de Ley o Decreto Legislativo en el ámbito interno de las Cámaras de Diputados y de Senadores y, cuyo resultado -expedir la Ley- es atribuido al Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

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