Incorporación de los tratados internacionales sobre derechos humanos en España y México

CABALLERO OCHOA, JOSE LUIS
Incorporación de los tratados internacionales sobre derechos humanos en España y México
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Incorporación de los tratados internacionales sobre derechos humanos en España y México

CABALLERO OCHOA, JOSE LUIS

La protección de la persona ha resultado ser el tópico que mayormente ha favorecido el encuentro entre el derecho internacional y el derecho constitucional. En este contexto, han surgido desde el constitucionalismo contemporáneo modelos que están favoreciendo con mayor eficacia este tipo de interrelación. Uno de ellos es el que representa el artículo 10.2 de la Constitución española, que incorpora una cláusula de interpretación conforme de los derechos fundamentales en relación con los tratados internacionales de derechos humanos. De esta manera, el caso de España se presenta como ejemplo. Una sociedad que dejó atrás una férrea dictadura, y que en poco más de 30 años ha construido un modelo de Estado social y democrático de Derecho, como lo define su propia Constitución, y cuyo avance en el campo de la apertura del Derecho Constitucional al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, se encuentra fuera de toda duda. Se ha edificado una relación altamente pertinente, que ha puesto el acento de la incorporación en un principio de distribución de competencias para la articulación de estos ordenamientos -incluido el Derecho de la Unión Europea- y ha favorecido su integración mediante la cláusula de interpretación conforme, objeto principal de estudio de este libro. En México, la propuesta de ejercicio comparado apunta, además de la necesidad de reformas constitucionales, que a la fecha se aprecian inminentes, a que la vivencia de los derechos sea posible a través de la eficacia con que deben defenderse en los tribunales. El Tribunal Constitucional español ha construido cabalmente, en la mayoría de los casos, la dimensión completa de los derechos a la luz de los tratados internacionales, lo que puede iluminar muy certeramente la labor de los operadores jurídicos de nuestro país. Desgraciadamente, la experiencia nos ha demostrado en innumerables ocasiones que la Constitución es letra muerta un documento político vacío de contenido normativo- si no se ponen en práctic

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